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El decreto 47/2007 hace obligatorio para edificios de nueva construcción la emisión de un certificado energético que se debe presentar junto con la documentación del mismo en el momento de su venta o alquiler.
En la actualidad, en la mayoría de los países de la unión Europea, se están adoptando procedimientos similares al español de certificación de la eficiencia energética de Edificios.
Mediante la certificación energética, los compradores podrán conocer la calidad energética de una vivienda antes de comprarla.
Por otra parte, los promotores y constructores tendrán que utilizar componentes estructurales y equipamiento de mayor calidad con objeto de conseguir una menor demanda energética y, por tanto, una mejor valoración.
Mediante esta información objetiva sobre las características energéticas del edificio se favorecerá una mayor transparencia del mercado inmobiliario y se fomentarán las inversiones en ahorro de energía, potenciando, así, la demanda de la calidad energética entre los compradores de viviendas. De este modo, los promotores se verán obligados por el mercado a mejorar la eficiencia energética de los edificios.
Previa a la certificación, deberá realizarse una calificación Energética mediante un programa informático homologado y puesto gratuitamente a disposicón del proyectista por la Administración, denominado CALENER.
Recientemente, en España, se han aprobado disposiciones legislativas que establecen mayores exigencias energéticas, tanto en los aspectos constructivos del edificio, los cuales afectan básicamente a la demanda de energía, como a las instalaciones consumidoras de energía, como a las instalaciones consumidoras de energía, que son las responsables de satisfacer nuestras necesidades energéticas de un modo eficiente.
El Código Técnico de la Edificación, que establece mayores exigencias en materia de aislamiento, iluminación, instalaciones de energía solar, térmica y fotovoltaica con el objetivo de reducir el consumo de energía de los edificios, y para que una parte de este consumo proceda de energías renovables.
El reglamento de instalaciones térmicas (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias, que establece las exigencias de eficiencia energética de las instalaciones de calefacción climatización y producción de agua caliente sanitaria.
La certificación de Eficiencia energética de edificios, por la cual a cada edificio se le asigna una calificación energética en función de la calidad de sus instalaciones de suministro de energíak, y de sus características constructivas, que afectan a la demanda energética (aislamiento, cerramientos, etc.)
Todo el anterior desarrollo normativo se encuadra en el marco de obligaciones que marca la directiva Europea de Eficiencia Energética en Edificios, aprobada el 16 de diciembre de 2002 (Directiva 2002/91/CE).
Nota: El CTE se aprobó por el R.D. 314/2006, de 17 de marzo.
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